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ESTABLECIMIENTO GANADERO DE 921 HAS. CON LUZ ELÉCTRICA Y ACCESO POR ASFALTO.
Campo de cría y recría con 30 % de lomadas.
Carga animal : 0.80 animal/ha.
Actualmente hay sembrado SORGO.
Cómodas mejoras de trabajo :
Corrales, manga, cepo, cargador.
3 (tres) molinos con tanques australianos que se complementan con un sistema de bombeo garantizando agua de calidad a todos los potreros.
Alambrados perimetrales e internos en óptimo estado.
321 has. con :
Casco con añosa arboleda de casuarinas y robles y avenida de entrada. Parque con monte.
Casa principal
Living-comedor con hogar, 2 (dos) dormitorios, cocina completa, baño completo. Galería
Casa del puestero
Living-comedor con hogar, 3 (tres) dormitorios, cocina completa, baño completo. Galería
Galpón 18 x 36 m en excelente estado con doble acceso, vivienda y cuarto de herramientas.
8 (ocho) potreros
600 has. :
Casa de puestero con living comedor con hogar, 2 (dos) dormitorios,cocina y baño completos.
3 (tres) potreros con aguadas alimentadas por bombeo.
Excelente unidad productiva. El establecimiento San Agustín cuenta con un gran potencial de producción ganadera, ya que posee mejoras e infraestructura necesarias como para tener a los recursos humanos in situ para este tipo de producción. La existencia a nivel local de mano de obra calificada permite que las tareas puedan llevarse a cabo con éxito, como así también el nivel de prestadores de servicios locales (contratistas, acopiadores y transportistas).
UBICACIÓN
Situado sobre ruta 26 distante a : 2 km. de la ex estación de FF.CC, de J. Ferrari.
8 km de la RP. 36.
18 km de B. Bavio.
60 km. de la Plata.
109 km. de Buenos Aires.
Corredor inmobiliario : Jorge PICCIONI
CMCPM 3988
CUCICBA 2491
Aviso legal :
"Las fotos, medidas y superficies de este inmueble, así como los valores de impuestos y demás información son aproximados y se brindan a modo orientativo. Los datos exactos surgirán de la oportuna constatación de la documentación respaldatoria que hará el interesado previo a la realización de cualquier operación. Venta supeditada a la tramitación del COTI por parte del propietario (Res.2371)."
"En cumplimiento de la Ley 2340 CUCICBA, Ley 10.973 de la Prov. Bs.As., Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los martilleros y corredores colegiados, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria".
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