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SISTEMAS DE AUTOPROTECCIÓN :: LEY 5920
PLANO DE EVACUACIÓN
El Sistema de Autoprotección es de aplicación obligatoria en la Ciudad de Buenos Aires, alcanza a edificios y establecimientos públicos y privados.
Oficinas, escuelas, comercios, fabricas, supermercados, restaurantes, bares, clubes, garajes, hoteles y todos aquellos establecimientos donde haya concurrencia de público.
No se exponga a Multas o clausuras. Lo Ayudamos a cumplir con las reglamentaciones vigentes.
La ley clasifica los establecimientos según el uso, la superficie y la altura del inmueble en 4 grupos: GRUPO 1 – GRUPO 1.1 - GRUPO 2 – GRUPO 3 Dependiendo del grupo al que pertenezca su establecimiento, serán los pasos a seguir para cumplimentar con la ley.
¿Si mi comercio, oficina o establecimiento fue intimado, debo contratar a cualquier profesional?
No. La ley creó el “REGISTRO DE PROFESIONALES PARA LA ELABORACIÓN Y PUESTA A PRUEBA DE LOS SISTEMAS DE AUTOPROTECCIÓN” en donde deberán estar inscriptos los profesionales capacitados para gestionar este tipo de normativa.
NUESTRO EQUIPO POSEE PROFESIONALES...
...inscriptos en el registro que se encuentran capacitados para resolver cualquier tipo de inconveniente que pudiera surgir en el desarrollo de los sistemas de autoprotección.
EN UNA PRIMERA ETAPA, SE PROCEDERÁ A EFECTUAR UNA VISITA AL INMUEBLE PARA CATALOGAR SU ESTABLECIMIENTO, OFICINA, COMERCIO, SEGÚN LA CLASIFICACIÓN DADA POR LA LEY
DEPENDIENDO DEL GRUPO AL QUE PERTENECE EL ESTABLECIMIENTO (Según el uso, superficie y altura).
NUESTRO PROFESIONAL LO ORIENTARÁ EN LOS PASOS A SEGUIR PARA CUMPLIMENTAR CON LA NORMATIVA.
(el precio publicado corresponde a una visita al inmueble a los efectos de verificar a que grupo pertenece el establecimiento. Luego, se confeccionará el presupuesto correspondiente. El costo del plano de evacuación y del sistema de autoprotección, dependerá del tipo de local, tamaño y actividad)
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